
La conformación de la Junta Directiva de EPM, como empresa de servicios públicos domiciliarios, está reglamentada por la Ley 142 de 1994, y a nivel interno por el Convenio Marco de Relaciones y el Código de Gobierno Corporativo de EPM. Estos documentos establecen que este cuerpo colegiado está conformado por nueve miembros principales sin suplentes, de la siguiente manera:
- El Alcalde de la ciudad de Medellín, quien es el Presidente de la Junta Directiva.
- Cinco personas designadas libremente por el Alcalde de Medellín, todas ellas con carácter de independientes según se establece en la normativa interna de EPM.
- Tres personas escogidas por el Alcalde de Medellín entre los vocales de control registrados por los Comités de Desarrollo y Control Social de los servicios públicos domiciliarios (Artículo 27.6 de la Ley 142 de 1994).
El Código de Gobierno Corporativo de EPM señala como criterios que el Alcalde debe considerar los siguientes aspectos para el nombramiento de los miembros de la Junta Directiva:
- Formación académica profesional y en temas afines con el objeto social de EPM y con las funciones propias de un miembro de Junta Directiva.
- Experiencia empresarial y/o laboral en empresas cuya actividad esté relacionada con el sector de los servicios públicos.
- Para la elección de los vocales de control se exige evidencia del tiempo de permanencia en el Comité de Desarrollo y Control Social que los eligió, la relación que mantienen con este y las acciones que han llevado a cabo en desarrollo de su función.
A pesar de que la legislación colombiana no hace distinción entre las responsabilidades de unos miembros y otros, ni entre la aplicabilidad del régimen de inhabilidades e incompatibilidades para todos, como buena práctica de Gobierno Corporativo se definieron en 2015 las funciones del Presidente de la Junta Directiva, explicitadas dentro del Reglamento Interno de la Junta Directiva.
Así las cosas, se definieron funciones para el Presidente de la Junta, dentro de las que se destacan las siguientes:
- Nombrar y remover libremente los miembros de la Junta Directiva.
- Asegurar que la Junta Directiva fije e implemente eficientemente el direccionamiento estratégico de la Empresa.
- Coordinar y planificar el funcionamiento de la Junta Directiva mediante un plan anual de trabajo.
- Velar por la ejecución de los acuerdos y por el cumplimiento de las responsabilidades y la participación activa de los miembros de la Junta Directiva.
- Liderar el proceso de evaluación de la Junta y sus Comités.
- Promover la coordinación activa entre la empresa y los temas de interés para la ciudad de Medellín, en cumplimiento de lo definido en el Convenio Marco de Relaciones, y velar por el cumplimiento del Reglamento de la Junta Directiva.
Así mismo, fueron definidas las funciones para el Secretario de la Junta, quien según los Estatutos de la empresa es a su vez el Secretario General de EPM. Se resaltan las siguientes:
- Realizar la convocatoria a las reuniones.
- Dar trámite oportuno a las solicitudes de la Junta Directiva.
- Elaborar las actas de la Junta Directiva y firmarlas conjuntamente con el Presidente.
- Velar por la conservación de los documentos de la Junta Directiva y por la legalidad de las actuaciones de la Junta Directiva.
- Definir el procedimiento para el desarrollo efectivo de las sesiones de la Junta Directiva.
Composición de la Junta Directiva:
La Junta Directiva está integrada por personas con diferentes perfiles, apropiados para las necesidades de la empresa, con una amplia experiencia en sus respectivos campos, lo que le permite al órgano colegiado tener la solidez y solvencia necesaria para afrontar los retos que exige una empresa pública multilatina y multiservicios.
Con relación a la composición de la Junta Directiva, es importante resaltar:
- Durante el año 2015 no hubo cambios en la Junta Directiva de EPM.
- El número de años promedio de permanencia de los miembros actuales de la Junta Directiva actuales fue de 6.7 hasta el 31 de diciembre de 2015.
- La Junta Directiva no cuenta con miembros suplentes.
- Todos los miembros tienen el carácter de independientes, salvo el Presidente, para un total del 88% de miembros independientes, que supera el 25% exigido para los emisores de valores, Artículo 44 de la Ley 964 de 2005, y el 55.6% definido en la normativa interna.
- Ninguno de los miembros ocupa un cargo ejecutivo en EPM ni en sus filiales.
El cuórum deliberatorio para las sesiones de la Junta Directiva se forma con la mayoría de sus miembros. El cuórum decisorio corresponde a la mayoría de los presentes en la respectiva sesión. Para efectos de la toma de decisiones, cada uno de los miembros de la Junta Directiva tiene un voto.