
Por su naturaleza, los servicios públicos domiciliarios son regulados en precios. Esto quiere decir que las tarifas que EPM cobra a sus usuarios no pueden ser escogidas libremente, sino que tienen que estar sujetas a las disposiciones que determina el Regulador, que para este caso es la CRA (Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico). Esta entidad dicta normas donde se establecen las metodologías para el cálculo de tarifas, las cuales se basan en criterios de eficiencia para que al consumidor se le transfieran costos y gastos eficientes. En todas las regiones donde presta sus servicios, EPM busca que las tarifas sean competitivas, permitiendo la recuperación de costos y la sostenibilidad de las empresas, para que se puedan prestar servicios de calidad en armonía con el medio ambiente, con el fin de brindar las herramientas necesarias para la consolidación de territorios sostenibles.
En el 2015 EPM realizó gestión proactiva ante el Regulador y el Gobierno para que las reglas emitidas para el próximo período tarifario reflejen tarifas justas y eficientes.
Gestión en 2015
En 2015 la gestión se enfocó en el nuevo marco tarifario de aseo para ciudades con más de 5,000 suscriptores. Antes de su publicación se aportaron ideas y comentarios al regulador para que fueran implementadas dentro de la normatividad, con el fin de garantizar tarifas justas y eficientes. Posterior a su publicación, se trabajó para dar claridad en algunos temas que eran necesarios para su cálculo, con el fin de permitir su implementación en 2016, para dar solidez al servicio y abrir posibilidades en términos de sostenibilidad ambiental.
La implementación de nuevas metodologías tarifarias lleva consigo un proceso largo de interacción entre todos los grupos de interés. Para llegar a la resolución CRA 720, por la cual se establece la metodología tarifaria para las ciudades con más de 5,000 suscriptores, se tuvo que recorrer un camino de varios años. Normalmente el proceso parte desde la publicación de proyectos de norma de la CRA, los cuales entran a un proceso de participación ciudadana donde las empresas, instituciones del Gobierno, municipios, departamentos, ciudadanos o cualquier otro interesado, pueden hacer recomendaciones o críticas con respecto a lo que se propone dentro de la norma. Posteriormente a esas inquietudes se les da respuesta, para que finalmente se emita la norma que aplicará en el país.
A partir de la publicación de la norma en julio, se sostuvieron reuniones tanto con el gremio del sector como con la CRA, para dar claridad en los aspectos que eran necesarios para su implementación. Después de todo el proceso que llevó más de dos años, se estableció que a partir de abril de 2016 empezará aplicar la nueva norma. Un cambio de esta magnitud no se daba en el sector desde la resolución CRA 351 de 2005.
De igual forma se apoyó al grupo coordinador y técnico que estaba actualizando el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos para Medellín, con el fin de dar claridad en los temas regulatorios que podrían tener implicaciones en él, ya que es una pieza fundamental para la prestación del servicio. Adicionalmente se aportó dentro del proceso de participación ciudadana para la reglamentación del aprovechamiento como actividad complementaria del servicio público, esperando que en 2016 sea publicada la norma definitiva que ayudará al desarrollo de la actividad con los estándares de calidad que requiere un servicio público.
Adicionalmente, todas las empresas del Grupo EPM hacen un seguimiento continuo a las tarifas, para que estas respondan a un servicio de calidad que sea sostenible en el tiempo. La variación de las tarifas de aseo en el país se origina por tres causas. La primera, cuando se acumule un 3% desde la última indexación que se haya realizado en los índices establecidos para cada una de las actividades; la segunda, por la aplicación de las metodologías tarifarias expedidas por la CRA; y la tercera, por las modificaciones en el esquema de subsidios y contribuciones de cada municipio.
EPM siempre está atenta a que sus tarifas sean justas, competitivas y eficientes.
Valores a diciembre de cada año en precios corrientes, donde se aprecia la evolución de las tarifas cobradas a los usuarios. Las variaciones corresponden a la indexación del valor de las tarifas, con respecto a índices como el IPC, el smmlv, el de combustible fuel oil y diésel oil ACPM (ICFO), y el índice de obras de explanación (IOExp), con el fin de mantener el valor del dinero en el tiempo, permitiendo así la recuperación de costos y la prestación de un servicio de calidad.